26 de mayo de 2007

VOTO ÚTIL


He de reconocer que la política municipal me interesa a nivel personal. El interés por la nacional es algo más mediático. Creo que una alcaldía puede cambiar un pueblo (no tan fácil una ciudad, por mucho empeño y Gallardía que pongan). Eso no supone que sea un cambio para bien (en el subjetivo y ciudadano concepto del bien). Por eso me cuesta menos inclinar la balanza en unas municipales y el voto en blanco se lleva el premio en las generales. Y de eso iba a hablar, para explicar porque iba a elegir a Sabanés, por ejemplo, y no a Simancas (amén de que el proyecto socialista no me gusta en absoluto), aun sabiendo que eso no sería útil para echar a Espe. Porque claro, ¿y si votara a Simancas y luego ganara Espe?¿para quien hubiera sido útil?.

Lo que pasa es que ayer dejó Sabi un comentario en uno de mis artículos, explicando el sistema de votación, tan interesante y tan relacionado con esto que ha podido con mi intención. Así que ella es la culpable de que no explique mi decisión...


A grandes rasgos el Sistema D´Hondt es un método electoral que se utiliza, generalmente, para repartir los escaños de un parlamento o congreso, bien es cierto que de un modo no puramente proporcional a los votos obtenidos (...). Aunque sobre todo es conocido en el ámbito de la política, no nos podemos olvidar que puede servir para cualquier tipo de distribución proporcional. Haber, no sólo se utiliza en España, para que os hagáis una idea se utiliza también en Argentina, Bulgaria, Austria, Chile,Finlandia, Paraguay, Polonia, Portugal, Venezuela, Guatemala, Países Bajos...creo recordar que también desde el 2006 en Colombia. Pero como anécdota, deciros que lo inventó un político belga (Víctor d´Hondt) y en este pais se emplea otro método de reparto je,je (el Sainte-Laguë).En líneas generales os sintetizo cómo funciona: - Tras escrutar todos los votos, se calculan una serie de DIVISORES para cada lista. La fórmula para los DIVISORES es A/Z, donde A es el número total de votos recibidos por la lista, y Z son números enteros que van desde "1" hasta el número de escaños de la circunscripción objeto de escrutinio. Una vez realizadas las divisiones de los votos de cada candidatura entre cada uno de los divisores desde 1 hasta N. La asignación de escaños se hace ordenando los cocientes de las divisiones de mayor a menor y asignando a cada uno un escaño hasta que estos se agoten.El orden en que se repartan los escaños a los individuos de cada lista es irrelevante: puede ser una decisión interna del partido (en un sistema de listas cerradas) o puede que los votantes tengan alguna influencia (en un sistema de listas abiertas).Mediante este método se pretende favorecer a los partidos con más votos para que obtengan un porcentaje de escaños que supere al de electores que les votaron. Con ello se pretende favorecer la creación de mayorías en los parlamentos y evitar que estos queden demasiado fraccionados. A veces se incluye además un umbral de porcentaje de votos por debajo del cual el partido queda excluido.(...) no creo que sea un sistema del todo perfecto, pero sí que es verdad que todos los partidos que participan en las elecciones son conocedores de esta forma de reparto, es decir no es una trampa, ni nada por el estilo, es sin más lo que en España a día de hoy se utiliza, que puede cambiar si así lo deciden los partidos intervinientes, como se regula por una Ley Orgánica, se realizaría conforme a sus exigencias previas (como para un posible cambio en la Constitución por ejemplo).No quiero enrollarme mucho más sólo deciros a la conclusión que he llegado una vez analizado dicho sistema (hace ya bastante tiempo je,je...):Tiene la ventaja de que favorece la creación de mayorías que puedan soportar gobiernos estables. De hecho con este método, la mayoría absoluta se puede obtener con apenas un 35% de votos y sacándole unos pocos puntos porcentuales al segundo. Si se le suma el umbral (generalmente, un 3% ó un 5%) se evitan los partidos extremadamente minoritarios.El incoveniente principal es que suele favorecer de tal manera los partidos grandes que empuja al sistema hacia el bipartidismo y limita la presencia de minorías que de esta forma quedan sin representación (que es lo que está sucediendo en la mayoría de Comunidades Autónomas, incluída la de Madrid)Como fenómeno colateral, produce grandes vuelcos entre los dos partidos mayoritarios ya que con pocas variaciones la mayoría absoluta cambia de lado (de aquí lo fácil que fue para Esperanza Aguirre obtener de nuevo la Presidencia de la Comunidad tras el escándalo de Tamayo..recordáis?)Otro problema que acarrea este sistema es que, si en un distrito electoral de 2 diputados se quiere castigar con el voto a un diputado, tendría que perder con menos de la mitad de votos del ganador, cosa que sería casi imposible (por lo que no creo demasiado en los votos de castigo...).Bueno, espero no haberos aburrido demasiado y haberos sacado de las posibles dudas, pero claro no es un tema que le guste a todo el mundo, je,je!!

Gracias, Sabi.

2 comentarios:

Pedro dijo...

Si alguien no lo ha entendido, puede ir a la fuente original: http://es.wikipedia.org/wiki/Sistema_D'Hondt.
(Digo "fuente original sin saber si Sabi lo escribió para wikipedia).

En la Comunidad el voto útil está complicado. Por un lado la tonta del CQC, y por otro el tonto del tamayazo.

Pedro dijo...

Para modificar una ley orgánica solo hace falta mayoría absoluta del Congreso. En el caso de que IU tuviera esa mayoría con la Ley D hont, seguro que no se dedicaba a cambiarla por un sistema proporcional puro.


Para las leyes orgánicas.
art 81.2 CE: La aprobación, modificación o derogación de las leyes orgánicas exigirá mayoría absoluta del Congreso, en una votación final sobre el conjunto del proyecto.

Reforma simple de la CE. art 167: Los proyectos de reforma constitucional deberán ser aprobados por una mayoría de tres quintos de cada una de las Cámaras.